De acuerdo con lo dispuesto por el artículo 47 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Morelos, la página de inicio de los portales de internet de los Sujetos Obligados tendrá un vínculo de acceso directo al sitio donde se encuentra la información pública a la que se refiere este Título, el cual deberá contar con un buscador.
De conformidad con lo previsto por el artículo 51 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Morelos, los Sujetos Obligados pondrán a disposición del público en la Plataforma Electrónica las obligaciones de transparencia, debiendo difundir y actualizar en los respectivos medios electrónicos, además de la que de manera específica se señala en este Capítulo, sin que medie ninguna solicitud al respecto, la siguiente información:
El Aviso de Privacidad es el documento mediante el cual el responsable de recabar y tratar datos personales informa al titular de los mismos, la existencia y características principales del tratamiento al que serán sometidos sus datos personales, a fin de que pueda tomar decisiones informadas al respecto.
En términos de lo previsto por el artículo 54 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Morelos, además de lo señalado en el artículo 51 de la Ley en cita, el Poder Judicial deberá poner a disposición del público y actualizar la siguiente información:
En términos de lo dispuesto por los artículos 38, 39 y 40 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Morelos, con el fin de promover la reutilización de la información que genera el sujeto obligado, se publica como información adicional a la que establece como mínimo la Ley de la Materia, lo siguiente:
Diagnósticos de Accesibilidad de la Unidad de Transparencia del H. Tribunal Superior de Justicia del Estado de Morelos.